FeSMC Financiero – 18/10/2019
Negociación del Convenio Colectivo, ¿Qué entiende la patronal por desconcexión digital?
En la reunión celebrada ayer, la Patronal nos presentó su propuesta sobre el derecho a la desconexión y buenas prácticas en la gestión del tiempo de trabajo, un documento que no garantiza al trabajador/a del Sector su derecho a la desconexión digital, lleno de expresiones como “Con carácter general”, “se evitará” “se recomienda”.
La UGT recordó a la Patronal que es un derecho del personal trabajador reconocido en la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales en vigor desde diciembre de 2018 y en concreto en el artículo 88 de la norma que determina que los trabajadores/as tiene derechos a que, fuera de su horario de trabajo, sus empleadores respeten su tiempo de “descanso, permisos y vacaciones”, así como su intimidad personal y familiar con el objetivo de potenciar la conciliación.
Presentamos nuestras propuestas, con los siguientes puntos;
• Las personas trabajadoras con el fin de conciliar la vida personal y laboral no responderán a ninguna comunicación, fuere cual fuere el medio utilizado (email, WhatsApp, teléfono, etc.), una vez finalizada su jornada laboral diaria.
• Uso de los dispositivos digitales solo el ámbito laboral, protección de la intimidad de las trabajadoras y trabajadores del sector, garantizar la integridad de los dispositivos así como establecer criterios de utilización, estableciendo un sistema de desconexión automático en función de los horarios existentes, comprendido entre los 30 minutos posteriores a la hora de salida y los 30 minutos anteriores al horario de entrada.
• Con el fin de garantizar el tiempo de descanso, permisos y vacaciones de las personas trabajadoras se garantizará su derecho a la desconexión digital durante el periodo que duren las mismas.
• Las reuniones de trabajo, ya sean telemáticas o presenciales, deberán realizarse dentro del horario laboral del personal asistente a las mismas extenderse. No se podrán convocar en vísperas de festivos, ni los viernes.
• Formación se realizará dentro del horario laboral.
Respecto a la propuesta de la reunión anterior sobre el art. 37 Permisos, desde UGT respondimos a la Patronal que en el mismo documento ni siquiera se recogían artículos que figuran en el Estatuto de los Trabajadores, como son; el derecho a la acumulación de una hora de ausencia del trabajo para la lactancia de menor hasta que cumpla nueve meses, así como el tiempo indispensable para la realización de los exámenes prenatales… y otros derechos que ya están en el Convenio Colectivo actual como el día de libre disposición, las excedencias o permisos…. La Patronal contestó que lo revisará y que lo que ya está acordado permanece. ¿Debemos pensar que ha sido un descuido?
Próxima mesa de negociación 7 de noviembre,